AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5113/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5113/2023

Fecha: 13-Mar-2024

“REVISIÓN EN AMPARO. NO ES OBSTÁCULO PARA EL DESECHAMIENTO DE ESE RECURSO, SU ADMISIÓN POR EL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

La admisión del recurso de revisión por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación constituye una resolución que no es definitiva, ya que el Tribunal Pleno está facultado, en la esfera de su competencia, para realizar el estudio a fin de determinar la procedencia del recurso y, en su caso, resolver su desechamiento”.

  1. DECISIÓN
  2. En ese orden de ideas, al resultar extemporánea la presentación del recurso de revisión, procede desecharlo y declarar firme en sus términos la sentencia de veintiuno de abril de dos mil veintitrés , dictada por el Tercer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, en el Amparo Directo ********** , promovido en su momento por el ahora recurrente.
  3. En esa tesitura, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,