Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 199/2024
QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
RECURRENTE ADHESIVO: SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
PONENTE: MINISTRA LENIA BATRES GUADARRAMA
COTEJÓ
SECRETARIO: NETZAÍ SANDOVAL BALLESTEROS
SECRETARIA AUXILIAR: CESIA KEREN SOYANO MARTÍNEZ
SÍNTESIS
Hechos: ********** (S.A. de C.V.), realizó diversas operaciones de comercio exterior amparadas en pedimentos de importación, los cuales fueron sujetos a un procedimiento de fiscalización. El Director de Visitas Domiciliarias de Comercio Exterior, en suplencia por ausencia del Titular de la Subdirección General de Verificación al Comercio Exterior del Servicio de Administración Tributaria (SAT) del estado de Guanajuato, le determinó un crédito fiscal, al estimar infracciones respecto de noventa y cuatro pedimentos de importación, por proporcionar datos inexactos, y presentar de manera extemporánea de documentos. Por lo cual, impuso multas por cada uno de los supuestos mencionados.
Ante la imposición del crédito fiscal, la parte quejosa promovió juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). La Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior en la Ciudad de México del TFJA determinó que la conducta irregular cometida por la quejosa –presentación extemporánea– no encuadra en la infracción de omitir presentar documentos en el plazo requerido por la autoridad aduanera, por lo cual declaró la nulidad lisa y llana únicamente de la multa determinada en esos términos.
ÍNDICE TEMÁTICO
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN
199/2024
QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
RECURRENTE ADHESIVO: SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
VISTO BUENO
SR/A. MINISTRA/O
PONENTE: MINISTRA LENIA BATRES GUADARRAMA
COTEJÓ
SECRETARIO: NETZAÍ SANDOVAL BALLESTEROS
SECRETARIA AUXILIAR: CESIA KEREN SOYANO MARTÍNEZ
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintiséis de junio de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:
