AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5818/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5818/2024

Fecha: 26-Mar-2025

VII.DECISIÓN

  1. Por las razones expuestas, al resultar improcedente el recurso de revisión, lo conducente es desechar el presente medio de impugnación, dejar firme la sentencia recurrida, sin que al efecto exista queja que suplir y dar vista al Ministerio Público.
  2. En esa tesitura, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,

R E S U E L V E :

PRIMERO. Se desecha el recurso de revisión a que este toca se refiere.

SEGUNDO. Queda firme la sentencia recurrida.

TERCERO . Dese vista al Ministerio Público , en términos de la parte considerativa de la presente resolución.

Notifíquese ; conforme a derecho corresponda y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de las señoras Ministras y los señores Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo (Ponente), Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidenta Loretta Ortiz Ahlf. Estuvo ausente el señor Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.