Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1058/2024
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF
COTEJÓ:
SECRETARIO: CARLOS ADRIÁN LÓPEZ SÁNCHEZ
SECRETARIO AUXILIAR: DIEGO GALINDO CERVANTES
COLABORÓ: LORENA FERNANDA DEL PRADO APICHOTO
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: Una persona promovió juicio oral sobre interdicto de retener la posesión; en el cual, una vez integrado, el juzgado de origen emitió sentencia.
En desacuerdo con esa resolución las partes interpusieron sendos recursos de apelación; luego, la sala que conoció de esos medios de impugnación declaró desierto el de la parte demandada y, posteriormente, dictó sentencia en la que confirmó la diversa de primera instancia.
Inconforme, el actor promovió amparo directo y, previos trámites de ley, el tribunal colegiado de circuito correspondiente sobreseyó en el juicio al estimar que se actualizó la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XIV, de la Ley de Amparo porque la demanda respectiva se presentó fuera del plazo legal.
Lo anterior, tomando en cuenta que la notificación del acto reclamado se practicó mediante correo electrónico en términos de lo establecido en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora.
Contra esa resolución el quejoso interpuso recurso de revisión.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1058/2024
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
VISTO BUENO
SRA. MINISTRA
PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF
COTEJÓ:
SECRETARIO: CARLOS ADRIÁN LÓPEZ SÁNCHEZ
SECRETARIO AUXILIAR: DIEGO GALINDO CERVANTES
COLABORÓ: LORENA FERNANDA DEL PRADO APICHOTO
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al dos de abril de dos mil veinticinco, emite la siguiente:
