Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5047/2024
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
SECRETARIO: HÉCTOR VARGAS BECERRA
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: El quejoso fue sentenciado por su responsabilidad penal en la comisión del delito de administración fraudulenta, previsto y sancionado en los artículo 192, fracción III, y 190, fracción IV, del Código Penal para el Estado de Tabasco; inconforme, interpuso recurso de apelación en el que se confirmó la determinación impugnada; en contra de esa decisión, promovió amparo directo; el Tribunal Colegiado, se pronunció entre otros temas, respecto al principio de presunción de inocencia, defensa adecuada en su vertiente de asistencia material; y sobre la justipreciación del material probatorio que realizó la Sala responsable a efecto de tener por acreditados los elementos del delito materia de la imputación y la plena responsabilidad penal del quejoso en su comisión; luego determinó negar el amparo que se solicitó. Resolución que constituye la materia del presente recurso de revisión.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5047/2024
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
COTEJÓ
SECRETARIO: HÉCTOR VARGAS BECERRA
COLABORÓ: MARYSOL LLANELY RODRÍGUEZ GRANADOS
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al dos de abril de dos mil veinticinco , emite la siguiente:
