Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5418/2024.
QUEJOSO Y RECURRENTE:
**********
VISTO BUENO
MINISTRO PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
SECRETARIO: MANUEL BARÁIBAR TOVAR
ÍNDICE TEMÁTICO
El doce de octubre de dos mil veintidós el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, dictó sentencia en la causa penal ********** en la que el quejoso fue considerado penalmente responsable por la comisión del delito de homicidio calificado , previsto y sancionado por los artículos 241, párrafo primero, 242, fracción II, en relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III, y 11 fracción I, inciso d) del Código Penal para el Estado de México vigente al momento de los hechos, en agravio de **********, imponiéndole entre otras sanciones una pena privativa de libertad total de cuarenta años.
Inconforme, el sentenciado interpuso recurso de apelación , que se resolvió en el sentido de confirmar la sentencia de primera instancia.
En contra de la resolución anterior, ********** (sentenciado) promovió demanda de amparo directo, de la que conoció el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, quien resolvió en el sentido de negar la protección constitucional solicitada.
En desacuerdo, el quejoso interpuso el recurso de revisión que ahora nos ocupa.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5418/2024.
QUEJOSO Y RECURRENTE:
**********
VISTO BUENO
MINISTRO PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO.
SECRETARIO: MANUEL BARÁIBAR TOVAR.
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veinticinco de junio de dos mil veinticinco, emite la siguiente:
