Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 10881/94. MATEO TREJO ROLDAN.
Fecha: 01-Ene-1917
El Amparo Se Concede Para Los Efectos Precisados En La Parte Final Del Último Considerando
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos a la autoridad responsable y, en su oportunidad archívese el expediente.
ASI, por unanimidad de votos de los señores Magistrados, presidente MARIA SIMONA RAMOS RUVALCABA, HORACIO CARDOSO UGARTE y RUBEN PEDRERO RODRIGUEZ, lo resolvió el PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO, siendo relatora la primera de los nombrados.