AMPARO DIRECTO 120/2002. ROBERTO URSÚA QUIROZ, S.A. DE C.V.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Anteriormente Expuesto Fundado Y Motivado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Roberto Ursúa Quiroz, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra los actos que reclamó de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Tecomán, Colima, con residencia en dicha ciudad, así como del secretario de Acuerdos y del secretario actuario de la mencionada Junta, de los cuales se hizo relación en el proemio de la presente ejecutoria.
Notifíquese; anótese en el registro, con testimonio de esta resolución vuelvan los autos relativos al lugar de su procedencia para los fines legales consiguientes y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, que integran los Magistrados, presidente José de Jesús Rodríguez Martínez, Rosalía Isabel Moreno Ruiz de Rivas y Julio Ramos Salas, siendo ponente el primero de los nombrados.