AMPARO DIRECTO 177/97. ADOLFO RIVERA QUINTERO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 177/97. ADOLFO RIVERA QUINTERO.

Fecha: 01-Ene-1917

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Adolfo Rivera Quintero contra los actos que reclamó del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Jalisco, así como del actuario notificador de dicho tribunal, mismos que se especificaron en la demanda de amparo.

Notifíquese; anótese en el registro; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos relativos al lugar de su procedencia para los fines de ley y, en su oportunidad, archívese el juicio de amparo como asunto concluido.

Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, integrado por los Magistrados presidente Andrés Cruz Martínez, José de Jesús Rodríguez Martínez y Hugo Gómez Ávila, siendo ponente el primero de los nombrados.