Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 193/2003. GANADEROS UNIDOS DEL VALLE DE PUEBLA, S.A. DE C.V.
Fecha: 01-Ene-1917
Considerando
SEXTO.-Los conceptos de violación expuestos son fundados y suficientes para conceder a la quejosa el amparo solicitado, para los efectos que más adelante se precisan.
La empresa quejosa expone que la Sala responsable violó en su perjuicio los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, porque omitió estudiar los agravios en los que manifestó que el Juez de primer grado violó en su perjuicio el artículo 1084, fracción III, del Código de Comercio, porque no fundó ni motivó su determinación en el sentido de absolver a la actora de los gastos y costas del juicio por considerar que no existió temeridad de su parte, por lo que no tomó en cuenta que debía condenársele al pago por ese concepto.