AMPARO DIRECTO 22161/2000. FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO.
Fecha: 01-Ene-1917
Cuartolos Conceptos De Violación Transcritos Anteriormente Son Inoperantes
En efecto, dichos conceptos de violación resultan inoperantes, habida cuenta que en ellos se pretende por el quejoso la conclusión de que la Junta responsable debió absolverlo del pago del fondo de ahorro, vacaciones y prima vacacional, bajo los argumentos que menciona; siendo que la condena al pago del fondo de ahorro, vacaciones y prima vacacional, fue la materia sustancial de la ejecutoria de amparo dictada por este Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, de fecha veinte de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en el expediente DT. 11061/99, promovido por el propio Ferrocarriles Nacionales de México, ejecutoria en la que se negó el amparo al entonces quejoso, al respecto, por las razones siguientes: (f. 133 a 134 v.)