Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 233/94. EDUARDO ALFONSO RIVERA RIVERA.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.-La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE A EDUARDO ALFONSO RIVERA RIVERA, contra los actos y autoridad que han quedado precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su origen y en su oportunidad archívese el expediente.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvieron los Magistrados que integran el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, licenciados Hugo Arturo Baizábal Maldonado, Carlos Arturo Lazalde Montoya y Nicolás Nazar Sevilla, siendo ponente el último de los nombrados doy fe.