Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 249/90. TADEO VIVEROS AREVALO.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a TADEO VIVEROS AREVALO, en contra del acto atribuido a la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de México, consistente en la resolución dictada en el toca penal número 2013/88.
Notifíquese y con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos al lugar de su procedencia y en su oportunidad archívese este expediente como asunto concluido.
Así lo sentenció el Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los CC. Magistrados presidente licenciado Raúl Díaz Infante Aranda, licenciado Juan Manuel Vega Sánchez y licenciado Salvador Bravo Gómez, siendo relator el último de los nombrados.