AMPARO DIRECTO 298/92. LUIS VILLANUEVA OLIVO Y ROSARIO ATTWELL CASTRO DE VILLANUEVA.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a LUIS VILLANUEVA OLIVO y ROSARIO ATTWELL CASTRO DE VILLANUEVA contra el acto y autoridad precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese, háganse las anotaciones pertinentes en el Libro de Gobierno, con testimonio de esta resolución vuelvan los autos originales al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese este expediente.
ASI, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito por unanimidad de votos de los Magistrados Lucio Antonio Castillo González, David Guerrero Espriú y José Nabor González Ruiz, bajo la ponencia del segundo de los nombrados, quienes firman con la secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe.