Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 3044/99. ANA CIPRIANA ZAMORANO ALTAMIRANO.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Ana Cipriana Zamorano Altamirano por conducto de su abogado patrono Ramón Ochoa Reveles, contra el acto y la autoridad que se precisan en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese; háganse las anotaciones pertinentes en el libro de gobierno; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese este expediente.
Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Gustavo Alcaraz Nuñez, Rodolfo Moreno Ballinas y Gerardo Domínguez.