AMPARO DIRECTO 312/99. MARCO ANTONIO PÉREZ MARÍN Y OTRO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 312/99. MARCO ANTONIO PÉREZ MARÍN Y OTRO.

Fecha: 01-Ene-1917

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a Marco Antonio Pérez Marín y Dustano Pérez Ángeles, contra el acto que reclamaron de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Michoacán, que precisado quedó en el resultando primero de esta ejecutoria; el amparo se concede para el efecto precisado en el último párrafo del considerando tercero de la misma.

Notifíquese; publíquese; anótese en el libro de registro; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así por unanimidad de votos lo resolvieron los ciudadanos Magistrados que integran el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, licenciados: Hugo Sahuer Hernández, Víctor Ceja Villaseñor y Raúl Murillo Delgado, habiendo sido relator el segundo de los nombrados.