AMPARO DIRECTO 3513/95. HOSPITAL SANTELENA, S.A.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.- LA JUSTICIA DE LA UNION NO AMPARA NI PROTEGE a HOSPITAL SANTELENA, S.A., contra actos que reclama de la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, por las razones expuestas en el último considerando de este fallo.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a la Sala de origen, y en su oportunidad, archívese el toca.
Así, por unanimidad de votos de los Magistrados: presidente Carlos Alfredo Soto Villaseñor y Margarita Beatriz Luna Ramos, con la secretaria autorizada licenciada Lourdes Margarita García Galicia, en términos del artículo 36 de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, ante la ausencia temporal del titular Magistrado Fernando Lanz Cárdenas, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, siendo relatora la segunda de los nombrados.