Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 357/95. RAMON SALOME FLORES SOLIS Y COAG.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Ramón Salomé Flores Solís, por sí y como administrador único de Papelería y Servicios de Oficina, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra los actos que reclamaron de la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, consistentes en la sentencia definitiva dictada en el toca número 2173/94.
SEGUNDO. Notifíquese; anótese en el registro; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos relativos a la autoridad responsable para los fines de ley y, oportunamente, archívese el expediente.