AMPARO DIRECTO 362/98. RAMÓN VENEGAS JIMÉNEZ.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Antes Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Ramón Venegas Jiménez, contra el acto que reclamó del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Jalisco, con residencia en esta ciudad, del cual se hizo relación en el proemio de esta ejecutoria.
Notifíquese, anótese en el registro, con testimonio de esta resolución vuelvan los autos relativos a la autoridad responsable para los fines legales, y en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.
Así lo resuelve el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, por unanimidad de votos de los señores Magistrados que lo integran presidente José de Jesús Rodríguez Martínez, Guillermo David Vázquez Ortiz y Hugo Gómez Ávila, quien fue el ponente.