AMPARO DIRECTO 4183/95. MACOPEL, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 4183/95. MACOPEL, S.A. DE C.V.

Fecha: 01-Ene-1917

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.- SE SOBRESEE en el juicio de amparo promovido por MACOPEL, S.A. DE C.V., respecto de las autoridades y actos precisados en el considerando sexto de este fallo.

SEGUNDO.- LA JUSTICIA DE LA UNION NO AMPARA NI PROTEGE a MACOPEL, S.A. DE C.V., contra la sentencia de fecha dos de junio de mil novecientos noventa y cinco, dictada en el juicio fiscal número 9402/94 por la Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Fiscal de la Federación, en atención a las razones que se indican en el considerando último de esta sentencia.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a la Sala de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca.

Así, por unanimidad de votos de los Magistrados presidente Carlos Alfredo Soto Villaseñor, Margarita Beatriz Luna Ramos, y la secretaria autorizada Lourdes Margarita García Galicia en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de conformidad con el acuerdo dictado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión celebrada el día dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, ante la ausencia temporal del titular Magistrado Fernando Lanz Cárdenas, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, siendo ponente la segunda de los nombrados.