Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 422/93. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEXCALTITLAN, MEXICO.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege al Ayuntamiento Constitucional de Texcaltitlán, México, en contra de la autoridad y el acto especificado en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese; y, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia; y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo sentenció el Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito por unanimidad de votos de los señores Magistrados presidente licenciado José Angel Mandujano Gordillo, licenciado Darío Carlos Contreras Reyes y licenciado Fernando Narváez Barker, siendo relator el primero de los nombrados.