AMPARO DIRECTO 447/95. MARIA SONIA GUADALUPE GARCIA MENDEZ VIUDA DE GARZON.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.- La Justicia de la Unión ampara y protege a María Sonia Guadalupe García Méndez contra el acto que reclamó de la Junta Especial Número Diecisiete de la Federal de Conciliación y Arbitraje con residencia en esta ciudad, del cual se hizo relación en el proemio de la presente ejecutoria. El amparo se concede para los efectos precisados en el postrer considerando de esta sentencia.
Notifíquese, anótese en el registro, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos relativos al lugar de su procedencia, para los fines de ley y, en su oportunidad archívese este expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió por unanimidad de votos, el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, que integran los Magistrados: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, Andrés Cruz Martínez y José de Jesús Rodríguez Martínez, siendo ponente la primera de los nombrados.