AMPARO DIRECTO 449/2002. AFIANZADORA INSURGENTES SERFÍN, S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO SERFÍN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 449/2002. AFIANZADORA INSURGENTES SERFÍN, S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO SERFÍN.

Fecha: 01-Ene-1917

Las Consideraciones Que Preceden Conducen A Negar El Amparo Solicitado

Por lo expuesto y fundado, con apoyo en los artículos 76, 77, 79 y demás relativos de la Ley de Amparo, se resuelve:

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Afianzadora Insurgentes, Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de su apoderado Francisco José Latapí Blando, en contra del acto que reclama de la Primera Sala Regional Hidalgo México del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, consistente en la sentencia dictada el treinta y uno de enero de dos mil dos, en el expediente número 4294/01-11-01-2.

Notifíquese, con testimonio de esta resolución, remítanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese este asunto como totalmente concluido.

Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados presidente Jorge Alberto González Álvarez, Alfredo Enrique Báez López y Silvia Irina Yayoe Shibya Soto, siendo ponente el primero de los nombrados.