AMPARO DIRECTO 536/91.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 536/91.

Fecha: 01-Ene-1917

Considerando

QUINTO.-Los conceptos de violación expuestos por el quejoso son inoperantes en parte y fundados en lo demás.

En efecto, son inoperantes los conceptos en los que cuestiona la condena al pago de alimentos en favor de la acreedora alimentista; pues, como se ha señalado al relatar los antecedentes del asunto, la sentencia de primera instancia declaró probada la acción de la actora y, por tanto, condenó al demandado, aquí quejoso, al pago de alimentos en favor de su contraria, quien fue la única que se inconformó con dicha sentencia, mediante apelación que al efecto hizo valer; por lo que es obvio que el ahora peticionario de garantías se conformó con ese fallo de primera instancia, en tanto que declaró demostrada la acción de su contraparte para recibir los alimentos que reclamó y que, por ende, la declaratoria de la demostración de esa acción causó estado y el quejoso no puede ahora controvertirla legalmente.

En cambio, son fundados los restantes conceptos de violación, en los que el inconforme cuestiona que la Sala responsable haya incrementado el monto de los alimentos que debe pagar a su acreedora alimentista.

Se afirma lo anterior, porque de lo expuesto por la actora en la prueba confesional a su cargo, y por los testigos que presentó, aparece que desde hace ya varios años vive separada de su cónyuge y trabaja para sostenerse.