Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 619/92. ARMANDO RODRIGUEZ ARRONIZ.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Es De Resolverse Y Se Resuelve
UNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ARMANDO RODRIGUEZ ARRONIZ contra los actos y la autoridad señalados en el resultando primero de esta ejecutoria.
NOTIFIQUESE COMO CORRESPONDA; con testimonio de la presente resolución devuélvanse los autos relativos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese este asunto.
ASI, por unanimidad de votos los Magitrados Eliel E. Fitta García, Antonio Uribe García y Tomás Enrique Ochoa Moguel, lo resolvió el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito. Fue relator el segundo de los nombrados.- Doy fe.