AMPARO DIRECTO 648/2008.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 648/2008.

Fecha: 01-Ene-1917

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ********** y a ********** contra los actos que reclamó de la autoridad que quedó precisada en el resultando primero de la presente ejecutoria.

Notifíquese; con testimonio autorizado de esta resolución, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Así, por unanimidad de votos, lo resolvieron los Magistrados que integran el Tercer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, licenciados Isidro Avelar Gutiérrez y Alfonso Soto Martínez, así como la licenciada Lilian González Martínez, secretaria de tribunal en funciones de Magistrada, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el artículo 52, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio consejo, según determinación de la Comisión de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, tomada en sesión del veintiocho de octubre de dos mil ocho, siendo ponente el segundo de los mencionados.

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