AMPARO DIRECTO 654/93. MALAQUIAS MURILLO ROSALES Y OTRO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 654/93. MALAQUIAS MURILLO ROSALES Y OTRO.

Fecha: 01-Ene-1917

Razones Por Las Cuales Debe Negarse El Amparo

Por lo expuesto y con apoyo además en los artículos 103 fracción I y 107 fracción VI de la Constitución General de la República; 158 y 184 de la Ley de Amparo; 43 y 44 del capítulo IV, 80 y 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se resuelve:

UNICO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Malaquías Murillo Rosales y Eugenio Morales Cortes, contra la autoridad y por el acto que precisados quedaron en el resultando primero de este fallo.

Notifíquese y con testimonio de la presente resolución devuélvanse los autos respectivos al lugar de su origen y en su oportunidad archívese el expediente.

Así por unanimidad de votos de los señores Magistrados que integran el Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, Juan Manuel Vega Sánchez, Enrique Pérez González y Raúl Solís Solís, siendo ponente el último de los nombrados, quienes firman con el secretario de Acuerdos que da fe.