Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 6631/94. SECCION 34 DEL SINDICATO DE TRABAJADORES PETROLEROS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
Fecha: 01-Ene-1917
El Amparo Se Concede Para Los Efectos Precisados En La Parte Final Del Último Considerando
Notifíquese; con testimonio de esta resolución devuélvanse los autos a la autoridad responsable y, en su oportunidad, archívese el expediente.
ASI, por unanimidad de votos de los señores Magistrados, presidente HORACIO CARDOSO UGARTE, MARIA SIMONA RAMOS RUVALCABA y RUBEN PEDRERO RODRIGUEZ, lo resolvió el PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO, siendo relatora la segunda de los nombrados. Doy fe.