AMPARO DIRECTO 678/95. RAMIRO SANCHEZ ESCALANTE.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 678/95. RAMIRO SANCHEZ ESCALANTE.

Fecha: 01-Ene-1917

Considerando

CUARTO.- Los conceptos de violación transcritos, son fundados por una parte e infundados por la otra.

El quejoso por una parte en cuanto al negocio demandado, argumenta que la autoridad responsable debió haber tenido al centro de trabajo ubicado en la calle Buenos Aires No. 300 de la Col. Valle del Nogalar en San Nicolás de los Garza, Nuevo León, por contestada la demanda en sentido afirmativo, en virtud de que la licenciada Rosa María Zacarías Gallegos, quien compareció a nombre del negocio citado, no justificó la personalidad con la que se ostentó como apoderada del mismo, dado que el alta de hacienda exhibida a nombre de Fernando Guadalupe Leal Garza, persona quien le otorgó el poder, es insuficiente para acreditar que el último mencionado sea el propietario de dicho negocio.