Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 73/94. LETICIA CARMONA CONTRERAS.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Leticia Carmona Contreras contra el acto y la autoridad responsable, precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese; publíquese; anótese en el libro de registro. Con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad archívese el expediente.
Así por unanimidad de votos, lo resolvieron los ciudadanos Magistrados que integran el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, licenciados Raúl Murillo Delgado, Juan Díaz Ponce de León y Salvador Enrique Castillo Morales, habiendo sido ponente el segundo de los nombrados, quienes firman con la secretaria de Acuerdos que da fe.