Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 75/2005. GUILLERMO MANUEL TEJEDA ZAMBRANO.
Fecha: 01-Ene-1917
Fórmese Cuaderno De Antecedentes
Notifíquese personalmente al quejoso, anótese en el libro de registro y, en su oportunidad, archívese el cuaderno de antecedentes como asunto concluido.
Así lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, por unanimidad de votos de los señores Magistrados Eric Roberto Santos Partido, Rosa María Temblador Vidrio y Myriam del Perpetuo Socorro Rodríguez Jara, siendo ponente el primero de los nombrados.