AMPARO DIRECTO 798/93. DIRECTOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 798/93. DIRECTOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

Fecha: 01-Ene-1917

Terceroson Parcialmente Fundados Los Anteriores Conceptos De Violación

Argumenta el INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, que ilegalmente la Sala responsable consideró irrelevantes los talones de cheques exhibidos por el trabajador, y que hizo suyos la patronal, de los que se desprende que aquél se desempeñaba como jefe de oficina, y que esta categoría, de acuerdo con el Catálogo de Puestos del Gobierno Federal, era de confianza, amén que en los referidos talones, aparece la clave CF34015, que corresponde a la codificación de confianza. Añade que la citada autoridad le negó igualmente valor probatorio al expediente personal del accionante, cuando de la hoja de alta de éste se desprende que desempeñaba la categoría de jefe de oficina, puesto de confianza. Por otra parte, señala que injustificadamente la Sala responsable lo condenó al pago de salarios caídos, a partir del mes de mayo de mil novecientos noventa, sin atender que el actor sólo los reclamó desde el quince de mayo de mil novecientos noventa y dos; que igualmente, lo condenó a cubrirle al trabajador la parte proporcional de la prima vacacional, no obstante que aquél, anteriormente había disfrutado de su período vacacional, y que al dársele de baja, aún no tenía seis meses de servicios, para tener derecho a otro período vacacional.