AMPARO DIRECTO 901/2000.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 901/2000.

Fecha: 01-Ene-1917

Notifíquese

Anótese en el libro de gobierno; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos naturales al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese este expediente.

Así lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, por unanimidad de votos de los señores Magistrados Enrique Ramón García Vasco, Adrián Avendaño Constantino y Amado Guerrero Alvarado.