AMPARO DIRECTO 902/2008. **********
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 902/2008. **********

Fecha: 01-Ene-1917

Por Lo Expuesto Fundado Y Con Apoyo Además En El Artículo De La Ley De Amparo Se Resuelve

ÚNICO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ********** en contra de los actos y las autoridades que se precisaron en el resultando primero de esta ejecutoria.

Notifíquese como corresponda; háganse las anotaciones pertinentes en el libro de gobierno; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos a su lugar de origen; y, en su oportunidad, archívese el presente asunto como concluido.

Así, por unanimidad de votos de los Magistrados Heriberto Sánchez Vargas, Héctor Riveros Caraza y Roberto Alejo Rebolledo Viveros, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito y firman el primero como presidente y el segundo como ponente.

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