AMPARO DIRECTO 94/94. JOSE DIAZ CASTAÑEDA.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a José Díaz Castañeda, contra el acto que reclamó de la Junta Especial Número Dieciocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje, del cual se hizo relación en el proemio de la presente ejecutoria.
Notifíquese, anótese en el registro, con testimonio de esta resolución vuelvan los autos relativos al lugar de su procedencia para los fines de ley y, en su oportunidad archívese este expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió por unanimidad de votos, el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, que integran los señores Magistrados Andrés Cruz Martínez, José de Jesús Rodríguez Martínez y Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, siendo la ponente la última de los nombrados. Doy fe.