Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 94/95. CONSTRUCCIONES Y MAQUINADOS DE CULIACAN, S.A. DE C.V.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE A CONSTRUCCIONES Y MAQUINADOS DE CULIACAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra el acto y autoridad precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese, háganse las anotaciones pertinentes en el Libro de Gobierno, con testimonio de esta resolución vuelvan los autos originales al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese este expediente.
ASI lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Ricardo Rivas Pérez, Alicia Rodríguez Cruz y Genaro Rivera, bajo la ponencia del primero de los nombrados.