AMPARO DIRECTO 952/93. MATERIALES PLASTICOS, S. A. DE C. V.
Fecha: 01-Ene-1917
Así Las Cosas Lo Procedente Es Negar El Amparo Solicitado
Por lo expuesto y fundado y con apoyo, además en los artículos 76 a 80, 190 y demás relativos de la Ley de Amparo, se resuelve:
UNICO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a MATERIALES PLASTICOS, S. A. DE C. V., contra el acto que reclama la Quinta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Fiscal de la Federación, precisado en el resultando primero de este fallo.
Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos a la Sala de su origen y en su oportunidad, archívese el expediente.
Así por unanimidad de votos de los señores Magistrados: presidente Carlos Amado Yáñez, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y María Antonieta Azuela de Ramírez, lo resolvió este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, siendo relatora la última de los nombrados.