AMPARO DIRECTO 966/95. GABRIEL HERNANDEZ CORTES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 966/95. GABRIEL HERNANDEZ CORTES.

Fecha: 01-Ene-1917

En Estas Condiciones Procede Negar A Dicho Quejoso El Amparo Solicitado

Por lo expuesto y fundado, y con apoyo además en los artículos 184 y 190 de la Ley de Amparo, se resuelve:

UNICO.- La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a GABRIEL HERNANDEZ CORTES contra los actos y la autoridad que se puntualizan en el resultando primero de esta ejecutoria.

Notifíquese como corresponda; con testimonio de la presente resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así, por unanimidad de votos de los Magistrados: Antonio Uribe García, Tomás Enrique Ochoa Moguel y Eliel E. Fitta García, lo resolvió el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito. Fue ponente el segundo de los nombrados.