AMPAROS DIRECTOS 3003 Y 3013/96. ESTHER SALDIVAR PEREZ, ALBACEA DE LA SUCESION DE JULIAN SALDIVAR SANCHEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPAROS DIRECTOS 3003 Y 3013/96. ESTHER SALDIVAR PEREZ, ALBACEA DE LA SUCESION DE JULIAN SALDIVAR SANCHEZ.

Fecha: 01-Ene-1917

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.- La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE A LA SUCESION DE JULIAN SALDIVAR SANCHEZ, por conducto de su albacea ESTHER SALDIVAR PEREZ, contra el acto reclamado de la Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia de esta capital, consistente en la sentencia de seis de marzo del presente año, dictada en el toca 5625/95, impugnada en el juicio de amparo DC-3003/96.

SEGUNDO.- La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE A LA SUCESION DE JULIAN SALDIVAR SANCHEZ, por conducto de su albacea ESTHER SALDIVAR PEREZ, contra el acto reclamado de la Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia de esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada el seis de febrero del año en curso, en el toca 5543/95, e impugnada en el juicio de amparo DC- 3013/96.

Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos originales a la autoridad que los remitió anexos al juicio de amparo DC-3013/96 y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así, lo resolvieron por unanimidad de votos los Magistrados: presidente José Luis García Vasco, María Soledad Hernández de Mosqueda y José Becerra Santiago, quienes integran el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, siendo ponente el primero de los nombrados.