Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 303/88. GUADALUPE GONZÁLEZ RAMÍREZ.
Fecha: 04-Jul-1966
Considerando
QUINTO.-Los conceptos de violación deben desestimarse, por las razones que a continuación se expresan:
Fecha: 04-Jul-1966
QUINTO.-Los conceptos de violación deben desestimarse, por las razones que a continuación se expresan:
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