AMPARO DIRECTO 2923/94. EDUARDO ACEVEDO REYES.
Fecha: 09-Abr-1987
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a EDUARDO ACEVEDO REYES, contra los actos que reclamó de la Tercera Sala y Juez Cuadragésimo del Arrendamiento Inmobiliario, ambas autoridades dependientes del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, los cuales quedaron precisados en el resultando primero de este fallo.
Notifíquese. Con testimonio de esta resolución remítanse los expedientes al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese este asunto como concluido.
ASI, por unanimidad de votos de los señores Magistrados José Rojas Aja, Manuel Ernesto Saloma Vera y José Becerra Santiago, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, siendo relator el primero de los nombrados.
Firman los ciudadanos Magistrados con intervención de la secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.