Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 3233/96. LILIA PEREZ RAMIREZ.
Fecha: 05-Ene-1990
Por Lo Expuesto Se Resuelve
UNICO.- La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a LILIA PEREZ RAMIREZ contra el acto que reclama de la Décima Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, puntualizado en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese; remítase a la responsable testimonio de la presente resolución, junto con los autos del juicio y toca relativos y, en su oportunidad archívese el expediente.
Así, por unanimidad de votos de los Magistrados: José Becerra Santiago, María Soledad Hernández de Mosqueda y José Luis García Vasco lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, siendo ponente el primero de los nombrados.