Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 2113/95. AGUILAR Y COMPAÑIA, S.A. DE C.V.
Fecha: 24-Oct-1991
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a PAUL GEORG KORB KRAUSE, en su carácter de apoderado legal de AGUILAR Y COMPAÑIA, S.A. DE C.V., contra los actos y autoridades precisados en el considerando segundo de esta sentencia.
Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos originales a la autoridad que los remitió y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvieron por unanimidad de votos los señores Magistrados Presidente José Rojas Aja, José Becerra Santiago y José Luis García Vasco, quienes integran el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, siendo ponente el último de los nombrados.