AMPARO DIRECTO 10163/99. MAXIMINO BELLO MERINO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 10163/99. MAXIMINO BELLO MERINO.

Fecha: 07-Dic-1991

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a Maximino Bello Merino, contra el acto de la Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje, el que hace consistir en el laudo dictado con fecha dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, dentro del juicio laboral número 1606/95, seguido por el hoy quejoso, en contra de Ferrocarriles Nacionales de México y el Instituto Mexicano del Seguro Social. El amparo se concede para los efectos precisados en la parte final del último considerando de esta ejecutoria.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos a su lugar de origen; háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno de este tribunal y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que integran las Magistradas María Edith Cervantes Ortiz e Idalia Peña Cristo, y el Magistrado en funciones licenciado Miguel Cajero Díaz, conforme al artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, habiendo sido relator el último de los nombrados.

Nota: La tesis de rubro: "LAUDO INCONGRUENTE", citada en esta ejecutora, aparece publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Materia del Trabajo, página 184, tesis 281.