AMPARO DIRECTO 339/92. ALEJANDRO RAMOS BERZUNZA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 339/92. ALEJANDRO RAMOS BERZUNZA.

Fecha: 15-May-1991

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

UNICO.- La Justicia de la Unión ampara y protege a Alejandro Ramos Berzunza, contra el acto que reclamó de la Primera Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, consistente en el laudo pronunciado el veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa y dos, dentro del juicio laboral 316/91-C, seguido por el ahora quejoso, en contra de la fuente de trabajo Centro Médico Siegal, Sociedad Anónima de Capital Variable. El amparo se concede para los efectos precisados en el postrer considerando de esta ejecutoria.

Notifíquese, anótese en el registro, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos relativos al lugar de su procedencia, para los fines de ley, y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió por unanimidad de votos, el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, que integran los señores Magistrados José de Jesús Rodríguez Martínez, Andrés Cruz Martínez y Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, quien fue la ponente.- Doy fe.- Firmados: José de Jesús Rodríguez Martínez.- Andrés Cruz Martínez.- Alfonsina Berta Navarro Hidalgo.- Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores.- Rúbricas.