AMPARO DIRECTO 141/98. SILVESTRE GARCÍA VARELA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 141/98. SILVESTRE GARCÍA VARELA.

Fecha: 21-Oct-1992

Son Inoperantes En Una Parte E Infundados En Otra Los Anteriores Argumentos

Si bien es cierto que el procedimiento de exclusión de terrenos, seguido ante las autoridades dependientes de la Secretaría de la Reforma Agraria, no constituye propiamente un procedimiento judicial; sin embargo, también es verdad que tal situación no puede ser base para considerar que existió violación a las formalidades esenciales del procedimiento.

Se afirma lo anterior, toda vez que en términos del artículo 16 del Reglamento para la Tramitación de los Expedientes de Confirmación y Titulación de Bienes Comunales, el quejoso prosiguió ante las referidas autoridades un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, en el que tuvo amplias facultades para ofrecer pruebas y alegar cuanto a su derecho conviniera, como así lo hizo, según se colige del escrito de (08) ocho de noviembre de (1983) mil novecientos ochenta y tres (fojas 80 a 86).