AMPARO DIRECTO 436/95. JORGE VILLANUEVA RUIZ Y OTRO.
Fecha: 11-Nov-1992
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Jorge Villanueva Ruiz ni a Alejandro Villanueva Barriga, contra el acto reclamado del magistrado de la Cuarta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, precisado en el resultando primero de este fallo.
Notifíquese; publíquese; anótese en el Libro de Registro; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos al lugar de su procedencia, y en su oportunidad archívese el expediente.
Así por unanimidad de votos lo resolvieron los Magistrados que integran el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, licenciados: Salvador Enrique Castillo Morales, Raúl Murillo Delgado y Juan Díaz Ponce de León, habiendo sido ponente el último de los nombrados.