AMPARO DIRECTO 6491/96. JOSE JAIME CARBALLIDO.
Fecha: 26-Mar-1992
Por Todo Lo Antes Considerado Y Fundado Se Resuelve
UNICO. La Justicia de la Unión AMPARA Y PROTEGE a JOSE JAIME CARBALLIDO, contra el acto de la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, consistente en el laudo dictado el siete de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, en el expediente número 709/92 relativo al juicio laboral seguido por el quejoso en contra de INMOBILIARIA PINO, S.A. DE C.V. y otros.
El amparo se concede para el efecto precisado en la parte final del considerando tercero de esta ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de la presente resolución devuélvanse los autos a la autoridad responsable y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos de los Magistrados: presidente RUBEN PEDRERO RODRIGUEZ, MARIA SIMONA RAMOS RUVALCABA y HORACIO CARDOSO UGARTE, lo resolvió el PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL PRIMER CIRCUITO EN MATERIA DE TRABAJO, siendo relator el tercero de los nombrados.