AMPARO DIRECTO 263/94. MARIA EVA PEREZ ALMADA.
Fecha: 26-Sep-1993
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO.-Este Tribunal Colegiado se declara de plano legalmente incompetente para conocer de la demanda de amparo promovida por María Eva Pérez Almada contra las autoridades y por los actos precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.
SEGUNDO.-Se ordena remitir la demanda con sus anexos al Juez de Distrito en turno, en Ciudad Obregón, Sonora, a quien corresponde su conocimiento.
Notifíquese; anótese en el libro de gobierno, con testimonio de esta resolución, fórmese cuaderno de antecedentes y archívese este expediente.
Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Ricardo Rivas Pérez, Alicia Rodríguez Cruz y Genaro Rivera, siendo ponente el último de los nombrados, quienes firman con la secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.