AMPARO DIRECTO 1305/98. ADÁN NAVARRO PADILLA Y OTRA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1305/98. ADÁN NAVARRO PADILLA Y OTRA.

Fecha: 09-Jun-1994

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-Para los efectos que se precisan en el último considerando de esta ejecutoria, la Justicia de la Unión ampara y protege a Adán Navarro Padilla y Hermelinda de la Mora González de Navarro, contra el acto que reclaman de la Séptima Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, consistente en la sentencia dictada dentro del toca 1100/97; así como respecto de los actos de ejecución que se atribuyen al Juez Octavo de lo Mercantil de esta ciudad y su secretario.

Notifíquese; háganse las anotaciones pertinentes en el libro de gobierno; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos originales al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el toca.

Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Francisco Javier Villegas Hernández, Jaime Julio López Beltrán y Gerardo Domínguez.